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[EL COLMO] Congresista «mochasueldo» impulsa proyecto de ley para facilitar extracción de hidrocarburos en parques nacionales y santuarios

Mi opinión

Tenebroso. Confieso que pensé que el proyecto de ley del congresista Flores Ancachi era solo una broma de mal gusto, uno de los tantos mamarrachos que este parlamento que se apresta a darle el paso al que elegiremos en el 2026 nos tiene acostumbrados. Estaba en un error, me lo han hecho saber experimentados ambientalistas que han revisado con detalle la propuesta del arquitecto puneño expectorado de Acción Popular, el partido por el que fue elegido y también de Podemos, la agrupación que lo cobijo hasta hace unos días. Para Gustavo Suárez de Freitas y Marc Dourojeanni el proyecto ha sido finamente hilvanado con el propósito de bombardear, hasta hacerlo trizas, el sistema nacional de áreas naturales protegidas. Lo mismo ha mencionado la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental que en un documento en circulación afirma que la iniciativa supone “un retroceso inconstitucional a la institucionalidad ambiental y del régimen de recursos naturales y mecanismos de protección de la biodiversidad desarrollados en nuestro país desde hace más de 20 años”.

Así estamos, el proyecto de ley del díscolo parlamentario por Puno que en su foja de servicios destaca el haber sido sancionado por mochasueldo y ser el autor visible de una iniciativa parlamentaria que pretende amnistiar a los choferes sancionados por manejar subidos de copas, propone modificar, entre otros artículos, el tercero y cuarto de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, ley 26834, para que se puedan hacer cambios en la estructura física y legal de las Áreas Naturales Protegidas y las Áreas de Conservación Regional a través de decretos supremos aprobados en Consejo de Ministros.

Todo esto, por supuesto, con el objetivo de que los fines de las ANP sean compatibles con las políticas nacionales aprobadas por el Estado, especialmente aquellas referidas a la seguridad e independencia energética. O sea, qué vivan los hidrocarburos y que su extracción en las áreas naturales protegidas de uso indirecto, Machu Picchu, Bahuaja Sonene, Manu, Otishi y los demás parques nacionales, santuarios históricos y santuarios nacionales del sistema que sucesivos gobiernos nacionales se han esmerado en establecer. Claro, qué viva el extractivismo a la mala porque con sus utilidades vamos a cerrar las brechas socioeconómicas que existen principalmente en las regiones.

Peligrosísimo, verdaderamente. Tenemos que estar vigilantes, atentos, muy atentos al desenlace de esta enojosa historia. Este parlamento es capaz de cualquier cosa, ya lo sabemos. Penoso.


Tomado de Actualidad Ambiental

El congresista Jorge Flores (ex Acción Popular, ex Podemos Perú y ahora No Agrupado) presentó el Proyecto de Ley 11822/2024-CR que propone modificar artículos sustanciales la Ley 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, con el objetivo de facilitar la extracción de hidrocarburos y otros recursos en parques nacionales y otras categorías que actualmente lo prohíben, en contravención de mandatos constitucionales y estándares internacionales en materia de conservación. 

La iniciativa parlamentaria plantea cambiar nueve artículos (3, 4, 5, 7, 19, 20, 21, 23 y 27), así como incorporar tres disposiciones complementarias de la Ley de Áreas Naturales Protegidas (ANP). Esto abriría la posibilidad de autorizar actividades extractivas en parques nacionales, santuarios históricos y otras áreas de uso indirecto, donde actualmente no se permite la extracción de recursos naturales ni la modificación o transformación del ambiente natural.

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Según el texto del proyecto de ley, el objetivo de estas modificaciones es promover la inversión privada para aumentar el canon y sobrecanon para regionales y gobiernos locales “que sirvan para el cierre de brechas de infraestructura y sociales”.

Flexibilizaciones que propone el proyecto de ley 

Uno de los puntos centrales es el artículo 3. En la actualidad, la Ley de Áreas Naturales Protegidas establece que estas tienen carácter definitivo y solo pueden ser reducidas o modificadas mediante norma con rango de ley. Sin embargo, el proyecto legislativo plantea que puedan ser modificadas mediante decreto supremo, aprobado en Consejo de Ministros y refrendado por el Ministro del Ambiente (Minam) y otros ministros, según el sector involucrado. 

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Otros de los cambios sustanciales recaen en el artículo 21, que actualmente establece la estricta prohibición de la extracción de recursos naturales en las áreas de uso indirecto, que son los parques nacionales y los santuarios nacionales e históricos. En estos espacios, los fines de conservación prevalecen sobre cualquier utilidad económica que pueda proporcionar el aprovechamiento de los hidrocarburos. 

El proyecto de ley del congresista Flores busca introducir una excepción. Si un proyecto de aprovechamiento de recursos renovables o no renovables es declarado de necesidad pública e interés nacional por decreto supremo, “se permitirá la explotación y el aprovechamiento sostenible de los mismos, así como las modificaciones y transformaciones del ambiente natural que sean estrictamente necesarias para el proyecto”.

Retroceso ambiental 

La Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) emitió una opinión legal donde advierte que la propuesta legislativa representa un retroceso “en la institucionalidad ambiental y del régimen de recursos naturales y mecanismos de protección de la biodiversidad desarrollados en nuestro país desde hace más de 20 años”.

“Los objetivos de conservación no pueden ser relegados por la potencialidad extractivista de un territorio”, argumenta la opinión legal. “Los recursos naturales no solo pueden valorarse por su finalidad productiva sino que también son un activo económico vinculado a la gestión de problemas tales como la seguridad hídrica, los desafíos climáticos, la seguridad alimentaria, la captura de carbono, la prevención de la deforestación, la erradicación de economías ilegales, y la provisión de servicios ecosistémicos vinculados a la satisfacción de derechos humanos, en especial de nuestros pueblos indígenas y comunidades pesqueras”.

Entre las disposiciones complementarias finales, el proyecto también propone declarar de interés nacional y necesidad pública la ejecución del “Proyecto de Exploración y Explotación del Lote 76”, en Carabaya, Puno. Este lote abarca gran parte de la Reserva Comunal Amarakaeri, en Madre de Dios. 

Al respecto, la opinión legal de la SPDA advierte que “se busca aprobar una medida legislativa con impacto sobre estos espacios sin una consulta previa” en referencia al artículo 7 del Convenio 169 OIT que establece que los pueblos indígenas tienen derecho a decidir libremente sobre aquello que ataña su proceso de desarrollo. 

Además, se plantea declarar de interés nacional y necesidad pública la promoción, desarrollo y ejecución de proyectos de masificación de gas natural en Madre de Dios, Ucayali, Pasco, Huánuco, San Martín y Loreto, en todas sus modalidades.

Una propuesta que vuelve 

No es la primera vez que se impulsa una propuesta de ley con este enfoque. En mayo de 2023, un proyecto de ley de un sector del Poder Ejecutivo planteaba modificar nueve artículos de la Ley de Áreas Naturales Protegidas para abrir estos espacios a la exploración y explotación de gas y petróleo.

Esta iniciativa de Perúpetro, avalada por el Ministerio de Energía y Minas (Minem), fue rechazada por el Ministerio del Ambiente (Minam) porque “pondría en riesgo la conservación de los ecosistemas de las áreas naturales protegidas”.

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La propuesta también fue rechazada en un pronunciamiento por 62 organizaciones, entre ambientales e indígenas, centros de investigación y ciudadanos en general. En una opinión legal, la SPDA señaló que dicho proyecto de ley era “inconstitucional” y constituía “un retroceso para la institucionalidad ambiental”. 

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