En una sesión conjunta realizada esta tarde, las comisiones de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología; y de Trabajo del Congreso de la República aprobaron el Proyecto de Ley que establece la creación y régimen laboral del Cuerpo de Guardaparques del Perú, a fin de proteger sus derechos y regular los aspectos referidos a sus funciones y cualidades distintivas de su labor.
La citada norma considera aspectos económicos y remunerativos para hacer efectiva la profesionalización del trabajo del guardaparque, entre los que destaca el acceso a 14 remuneraciones anuales, compensación de tiempo de servicios, asignación por servicio en zona de frontera o zonas de difícil acceso o alto riesgo, además de subsidio por sepelio y luto de fallecer en ejercicio de funciones.
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Cabe resaltar que la iniciativa legislativa se establece bajo los principios de interés general, mérito, fortalecimiento de capacidades, igualdad de oportunidades y no discriminación; primacía de la realidad y derecho laboral; seguridad y salud en el trabajo; pertinencia cultural, legalidad y especialidad normativa, así como probidad y ética.
Entre estos principios destaca el compromiso del Sernanp, respecto a fortalecer permanentemente las capacidades de dichas personas para que accedan, en igualdad de oportunidades, a una mejora profesional y remunerativa en base a su desempeño y conocimientos.
Asimismo, resalta la importancia de incorporar elementos de la diversidad cultural de los guardaparques que pertenecen a pueblos indígenas, teniendo en cuenta sus costumbres y prácticas ancestrales, además de promover su incorporación con enfoque intercultural al personal del área natural protegida.
Esta norma simboliza una reivindicación en su labor diaria en beneficio de la conservación, como actores claves en la protección de las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de las comunidades asociadas a estos espacios de naturaleza.